dimarts, 30 de juliol del 2013

Horario de verano


Buenos días a tod@s

Ya estamos en periodo estival y a punto del mes de agosto, como deberíais saber nuestro convenio indica que tenemos jornada intensiva durante este mes (agosto).

Esto significa que son jornadas de 7h, pero los compañeros que están desplazados en cliente “deben de adaptarse al horario del cliente” pero según el art 20.7:

7. Todo trabajador desplazado a otra empresa por razón de servicio, se atendrá al horario del centro de trabajo de destino, si bien en cuanto al cómputo de las horas trabajadas mensualmente, se respetarán las existentes en su empresa de origen.

Por ello en el computo total de días trabajados en agosto no deben de superar las horas que realizaríais en las oficinas de Alten.

Ante esta situación vuestro manager o responsable os tiene que indicar “por escrito” como se compensarán estas horas de diferencia.

Para evitar problemas de interpretaciones que realizan ciertos “elementos”, no aceptéis que “lo compensaremos a final de año”.


En caso de necesitar aclaraciones o si surgen dudas podéis contactar con el Comité

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